Marcos Paz, Argentina, 5 de octubre de 2023/ Desde la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas de América Latina, RAP-AL, denunciamos que, pese a que se halla prohibida su venta, desde el 1 de junio de este año, el insecticida clorpirifós se sigue comercializando, y utilizando, en nuestro país. Gracias al accionar de un gran número de ciudadanos que prestaron su apoyo hemos podido comprobar la venta de este insecticida en comercios ubicados en distintos territorios de la Argentina bajo diferentes formulaciones y nombres comerciales.
Según los criterios establecidos nuevo Código de Conducta sobre Manejo de Plaguicidas (adoptado por la FAO y la OMS en 2013) y a los de las Guías sobre Plaguicidas Altamente Peligrosos y dadas sus características químicas y ecotoxicologías, el clorpirifós es considerado un plaguicida altamente peligroso (PAP). Se trata de un producto extremadamente tóxico para peces, muy tóxico para aves y altamente tóxico para las abejas. Este producto puede ingresar al medio a través de la aplicación directa en los cultivos anuales y perennes, en las pasturas, en parques, así como en plazas, jardines y edificios. La toxicidad del clorpirifós se ha asociado a disfunciones neurológicas, alteraciones endocrinas y enfermedades cardiovasculares. También dentro de los efectos crónicos, la neurotoxicidad y el déficit neurocognitivo son algunos de los problemas de salud detectados.
La resolución 414/2021 [i] del Servicio Nacional de Calidad y Seguridad Alimentaria de la Argentina presentada el día 6 de agosto del año 2021, con entrada en vigencia al día 7 de agosto del mismo año, determina la prohibición de importación de los principios activos y productos fitosanitarios formulados en bases a clorpirifós etil y clorpirifós metil a partir 45 días de la entrada en vigencia de la resolución (se cumplió el 13 de octubre de 2021). En el mismo sentido se prohíbe la elaboración y fraccionamiento de productos formulados en base a los plaguicidas ya mencionados a partir de los 90 días de entrada en vigencia de la resolución (se cumplió el 17 de diciembre del año 2021).
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Marcos Paz 9 de septiembre de 2021/ Ante la resolución 414/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad agroalimentaria que posibilita la importación del ingrediente activo clorpirifós para luego exportar los productos formulados solicitamos la prohibición total de ingreso al país de este principio activo. La resolución 414/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) que prohíbe por etapas la importación, fabricación y utilización del insecticida clorpirifós posibilita la continuidad de “importación de ingredientes activos destinados a la formulación de productos fitosanitarios cuyo destino sea exclusivamente la exportación, como así también la formulación y fraccionamiento local de productos formulados exclusivamente para la exportación”.