Consulta del SAG sobre semillas cerró en medio de cuestionamientos de mujeres lavkenche, comunidades indígenas y campesinas, redes y RAP-AL

Antes de que el proceso finalizara el 10 de agosto, las pu domo -mujeres mapuche- del territorio lavkenche solicitaron retirar de tramitación el proyecto sobre comercialización de semilla corriente; RAP-AL Chile demandó una consulta indígena previa y cuestionó sus definiciones, registros y cobros; mientras cinco autoridades mapuche exigieron al SAG evaluar formalmente su validez legal. Las distintas acciones advirtieron sobre sus efectos negativos en el trafkintu, las economías familiares y el patrimonio biocultural.

Santiago de Chile, 17 de agosto de 2026 /Comunicaciones RAP-AL/.- La consulta pública del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) sobre el proyecto que establece nuevos requisitos para la comercialización de semilla corriente finalizó el 10 de agosto, luego de recibir fuertes cuestionamientos de mujeres de comunidades mapuche del territorio lavkenche,  la comunidad atacameña de Coyo, autoridades mapuche del centro del país, redes de semillas, sectores campesinos y de la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas de Chile (RAP-Chile), entre otras.

Las acciones se realizaron antes del cierre del proceso. El 6 de agosto, cinco autoridades y representantes mapuche solicitaron al SAG evaluar formalmente la procedencia de una consulta indígena. Al día siguiente, mujeres mapuche, huerteras y guardadoras de semillas entregaron una carta al organismo y pidieron retirar el proyecto de tramitación. RAP-AL, en tanto, presentó durante la consulta sus objeciones, observaciones y propuestas al articulado y demandó una consulta indígena previa.

Todas las intervenciones coinciden en que las declaraciones aclaratorias difundidas por el SAG no están respaldadas por disposiciones expresas en el texto normativo y advierten que la futura resolución alcanza prácticas culturales y económicas vinculadas con la conservación, circulación y reproducción de las semillas tradicionales.

 Jornada por la protección del trafkintu y la semilla

El viernes 7 de agosto, mujeres de comunidades mapuche, huerteras y guardadoras de semillas y de la vida, provenientes de Curanilahue, Cañete, Elicura, Peleco, Lleu Lleu, Tranaquepe, Quidico, Tirúa e Imperial, se reunieron en la plaza Caupolicán de Cañete para realizar un trafkintu.

Pese a la lluvia, intercambiaron semillas, productos caseros, flores y artesanías. A través del nutram -conversación y transmisión oral de relatos- compartieron las historias de las semillas, desde su procedencia, cuánto tiempo las han cuidado, de quiénes las heredaron y hasta por qué es fundamental mantenerlas circulando libremente.

La jornada también permitió reflexionar sobre la soberanía alimentaria, la libre determinación de los pueblos y la relación entre la semilla, la huerta, la alimentación y la salud. Posteriormente, las participantes concurrieron a la oficina del SAG para entregar una carta con su análisis comunitario sobre el proyecto de resolución y la consulta pública.

Según el comunicado difundido por las mujeres del territorio lavkenche, fueron recibidas por la jefa de oficina, Pamela Wolf, y por el encargado de semillas, Juan Carlos Vargas. Durante la reunión expusieron su rechazo al contenido del proyecto y solicitaron retirarlo de tramitación por contener, a su juicio, errores estructurales, formales y de fondo.

La conversación se concentró en la definición de “comercio de semillas” y sus consecuencias para el trafkintu; en la relación de los pueblos originarios y pequeños agricultores con las semillas; y en la desproporción entre las exigencias de formalización establecidas por el SAG y la realidad de pequeñas agricultoras, agricultores, huerteras y huerteros.

 Una definición que alcanza intercambios no monetarios

El proyecto define como “comercio de semillas” la venta, la tenencia destinada a la venta y toda cesión, entrega o transmisión con fines de explotación comercial, “a título oneroso o no”.

De acuerdo con el comunicado lavkenche, durante la reunión el SAG sostuvo que la resolución no busca regular los intercambios ni el trafkintu y atribuyó la preocupación surgida en distintos territorios a una interpretación equivocada del proyecto.

Las mujeres respondieron que la definición propuesta comprende cualquier entrega, cesión o transmisión de semillas, exista o no un pago, por lo que podría afectar directamente el trafkintu, la guarda y la tenencia de semillas tradicionales. Según el comunicado, al finalizar la reunión Juan Carlos Vargas reconoció que el texto contenía problemas de fondo, entre ellos el uso del concepto “oneroso”.

La misma objeción fue planteada por RAP-AL. La organización señaló que el proyecto afecta a la semilla tradicional porque no diferencia entre semilla corriente y semilla tradicional y que, al incorporar las cesiones no onerosas, incluye también al trafkintu, el trueque y otras prácticas de reciprocidad mediante las cuales las semillas circulan libremente en los territorios.

RAP-AL sostuvo que esta resolución también perjudica a las comunidades campesinas e indígenas que comercializan semillas tradicionales en mercados locales, ferias campesinas y redes de comercio justo. Esta venta a pequeña escala forma parte de las economías familiares y permite sostener el trabajo de quienes las seleccionan, guardan y reproducen.

Aunque el SAG señaló en la página de la consulta que la resolución no regularía los intercambios efectuados en el marco de prácticas culturales, esa exclusión no aparece en el articulado. RAP-AL solicitó que el intercambio, la comercialización, el uso y la reproducción de semillas tradicionales sean exceptuados expresamente de la normativa.

 Dos visiones contrapuestas sobre las semillas

Para las mujeres lavkenche, la reunión permitió constatar un profundo choque cultural entre el significado que el SAG y el Estado de Chile atribuyen a las semillas y la visión de los pueblos originarios. “El SAG tiene una visión sesgada sobre la semilla, una visión que refleja la perspectiva empresarial y, como servicio del Estado, no coincide con la visión de los pueblos originarios en este caso”.

En el sur del país, entre la cordillera de la costa y el mar, las mujeres lavkenche encabezan la resistencia comunitaria para proteger las semillas tradicionales y nativas y su intercambio, prácticas que forman parte del patrimonio biocultural de los pueblos. Se trata de la defensa de valiosas semillas que guardan una memoria genética única y han sobrevivido en manos de agricultoras y agricultores que las han seleccionado y reproducido durante generaciones, adaptándolas a los climas locales y enriqueciendo la biodiversidad.

RAP-AL coincidió en que las semillas tradicionales no pueden ser tratadas únicamente como un insumo agrícola. Son poblaciones diversas, heterogéneas y en permanente evolución, adaptadas al clima, el suelo y el territorio mediante el trabajo de selección desarrollado por generaciones de campesinas, campesinos y pueblos originarios.

“La semilla tradicional no es solamente un insumo agrícola, es identidad, memoria, cultura, historia y autonomía”, sostuvo la organización en sus observaciones.

Esta diversidad entra en tensión con la obligación de incorporar en la Lista de Variedades Oficialmente Descritas (LVOD) toda variedad agrícola que se desee comercializar. RAP-AL advirtió que las semillas tradicionales no pueden cumplir con los requisitos de genuinidad, pureza y germinación diseñados para semillas uniformes y homogéneas.

Agregó que exigir a las semillas tradicionales coincidir con una descripción determinada que es imposible de cumplir, podría dejar a quienes las intercambian o comercializan expuestos a confiscaciones o multas que pueden superar los siete millones de pesos. Por ello, pidió excluirlas de la obligación de inscripción en la LVOD y revisar la legalidad de la prohibición de comercializar variedades no inscritas.

Las mujeres lavkenche también cuestionaron las exigencias de etiquetado, pureza, germinación, trazabilidad y volúmenes establecidas en el proyecto. A su juicio, las condiciones impuestas a quienes intenten formalizarse como comerciantes de semillas podrían excluir a los pequeños agricultores por ser difíciles de cumplir.

Riesgos de control, apropiación y exclusión

 Otro punto objetado por RAP-AL es la creación de la figura de “representante de una variedad”. El texto permite que sea representante de una semilla quien la envasa o comercializa, otro interesado o una persona mandatada por ellos.

La organización observó que el proyecto no exige que esa persona haya producido o resguardado la semilla, sea agricultora o pertenezca a una comunidad campesina o indígena. En esas condiciones, una persona o empresa nacional o extranjera podría inscribir una variedad tradicional pese a no haber participado en el proceso colectivo mediante el cual fue seleccionada, conservada y adaptada.

La falta de claridad sobre las atribuciones de esta figura -advirtió RAP-AL- podría facilitar futuras formas de control, exclusividad o apropiación de semillas que constituyen patrimonio biocultural de pueblos originarios y comunidades campesinas. La Red solicitó eliminar o modificar el numeral correspondiente y resguardar la soberanía alimentaria, la biodiversidad, la resiliencia y el patrimonio agrícola del país. También cuestionó la inscripción pagada en la lista de comerciantes de semillas y pidió establecer gratuidad para la agricultura familiar campesina, las comunidades indígenas y campesinas y las y los guardadores de semillas.

A estas barreras se suma el formato elegido para la participación. Las mujeres lavkenche rechazaron que la consulta se desarrollara únicamente en línea, porque parte importante de los territorios rurales no cuenta con conexión permanente a internet y quienes trabajan con semillas tradicionales no necesariamente se desenvuelven en espacios digitales. Por ello, calificaron el proceso como excluyente y discriminatorio hacia los sectores con mayor vinculación con la materia regulada.

La consulta indígena pendiente

 De acuerdo con el comunicado lavkenche, el SAG sostuvo durante la reunión que un estudio jurídico interno no consideró pertinente convocar una consulta indígena, bajo el argumento de que la norma no regularía aspectos susceptibles de afectar a los pueblos originarios. Las mujeres rechazaron esa conclusión y reafirmaron que el texto sí puede incidir en el trafkintu, la guarda y la circulación de las semillas.

En paralelo, una presentación fechada el 6 de agosto y dirigida al director nacional del SAG, Domingo Rojas Philippi, solicitó activar el mecanismo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 66 y evaluar formalmente la procedencia de una consulta indígena. La petición fue suscrita por Pedro Segundo Zurita Curihual, lonco de la Asociación Indígena Rayen Folle, de La Pintana; Nancy Cristina Nicul Lincoleo, werken de la Organización Mapuche Pikun Mapu; Sergio Santo Millalén Himilaf, werken de la Comunidad Mapuche Lof Melipilla; Marco Antonio Catricura Leviluan, lonco de la Comunidad Mapuche We Folil, de Rancagua; y Mariela Susana Zenteno Collipal, presidenta de la Asociación Indígena Consejo de Loncos Manque Whinkul, de La Granja.

Los representantes sostienen que la guarda, resiembra e intercambio de semillas -incluida la transferencia no monetaria y la venta ocasional de excedentes en ferias y mercados locales- forman parte de las tradiciones y costumbres ancestrales de los pueblos indígenas y de su relación con la tierra y su desarrollo económico, social y cultural.

La presentación recuerda que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo obliga al Estado a consultar a los pueblos indígenas frente a medidas administrativas susceptibles de afectarlos directamente. También invoca la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que reconoce las semillas como parte de su patrimonio cultural y sus conocimientos tradicionales, y el Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Las autoridades mapuche solicitaron que el SAG emita una resolución fundada antes de aprobar la normativa. Si determina que la consulta indígena no procede, deberá explicar esa decisión considerando la eventual afectación de las prácticas ancestrales y la protección internacional de las semillas. Si la declara procedente, pidieron que las comunidades y organizaciones indígenas participen desde el diseño del proceso y no solo durante su ejecución.

Por su parte, el gobernador de La Araucanía, René Saffirio, respaldó a organizaciones campesinas y de mujeres rurales mapuche que cuestionan el proyecto de resolución del SAG sobre la semilla corriente. Además, declaró su rechazo a la medida administrativa porque considera que la norma busca rigidizar el intercambio de semillas tradicionales y favorecer a grandes consorcios internacionales.

Saffirio señaló que “la industria de alimentos nos ha transformado en rehenes del consumo de alimentos modificados genéticamente”. Agregó que ello ha traído innumerables patologías de las cuales la industria farmacéutica ha sacado gran provecho. Hemos sido conejillos de indias de los intereses de las grandes transnacionales de los alimentos y los fármacos.

La autoridad regional anunció que realizará una serie de gestiones ante las autoridades de gobierno, pero si la resolución entra en vigencia el Gobierno Regional recurrirá a los tribunales de justicia para que sea declarada la inconstitucionalidad de la medida administrativa y, además, propondrá al Consejo Regional programas que propendan al desarrollo e intercambio de semillas en la región.

Con la consulta pública finalizada, el SAG deberá resolver si mantiene una normativa cuestionada desde los territorios o si incorpora garantías efectivas para las semillas tradicionales y su intercambio. Para RAP-AL Chile, lo que está en disputa no es únicamente una regulación administrativa, sino la continuidad del trafkintu, la soberanía alimentaria, la salud, la biodiversidad y un patrimonio biocultural mantenido vivo por guardadoras de semillas, comunidades indígenas y campesinas durante generaciones.