Marcos Paz, Buenos Aires, Argentina, 30 de octubre de 2017 / A los Miembros de la Cámara de Diputados y Senadores de la Nación Argentina. Por medio de la presente queremos manifestarnos, una vez más, en contra de la sanción de la ley sobre registro y categorización de “fitosanitarios”, plaguicidas u agrotóxicos “que fue aprobada en comisión y será discutida en el recinto en que ustedes participan. Entre otros, presentamos los siguientes motivos: 1- La necesidad de preservar la salud socio ambiental a partir de una ley efectiva que promueva una disminución real en la utilización de agrotóxicos. 2- Sobre el concepto fitosanitario; insistimos sobre que este concepto no es neutro, las formas o modos a partir de las cuales denominamos a objetos, hechos y procesos puede darse a partir de la familiaridad, cierto acercamiento, a los hábitos y prácticas, pero también subsiste el intento de ocultar la posible incidencia de esos hechos o elementos por ejemplo en la salud socio ambiental. 3- No se avanza sobre modificaciones sustanciales en las normas sobre registro y categorización de los plaguicidas. Dada la información creciente sobre el efecto crónico de los plaguicidas es inaudito y obsoleto seguir categorizando a los productos químicos principalmente por su toxicidad aguda, la DL 50 o dosis letal media de cada producto, ignorando la absoluta mayoría de los daños subletales y crónicos, salvo los dermales y oculares.
4- No se avanza en la creación de un organismo realmente independiente para la regulación integral de los plaguicidas. Al igual que otros países de Latinoamérica se debe crear una agencia autárquica la cual deberá tener la facultad de autorizar importaciones y el registro de los principios activos, determinar las pautas y realizar las categorizaciones toxicológicas y establecer las normas de distribución y aplicación de los plaguicidas. No es posible que la misma institución, el SENASA, sea quien reglamente, ejecute y se autoevalué. Datos de la realidad, así como evaluaciones realizadas por organismos de contralor nacional corroboran la afirmación. El organismo creado deberá contar con miembros del Ministerio de Salud y Ambiente además del Ministerio de Agricultura y con la participación de la sociedad civil. La autarquía y transparencia en las resoluciones seguramente redundarán en una limitación al uso de los plaguicidas en general y de los extremadamente peligrosos en particular.
5- Se requiere del apoyo, mediante políticas específicas, que lleven una reducción en el uso de plaguicidas que debe ser más explícito. La incorrecta nutrición de los suelos junto a una reducción drástica de la biodiversidad natural cultivada ha determinado que una gran cantidad de insectos “perjudiciales” posean más alimentos y se vean menos sometidos a la presión de predadores y parásitos lo cual implica mejores condiciones de supervivencia y reproducción
6- Se deben prohibir los plaguicidas prohibidos en otros países. Nada se dice en el proyecto presentado sobre la autorización, el registro y distribución de plaguicidas prohibidos en sus países de origen, como el imidacloprid y el friponil. Éste debería ser un punto de vital importancia
7- Respecto a la publicidad, se deberá actuar de acuerdo con lo afirmado en el código de conducta de la FAO – artículo 11- respecto a la publicidad, promociones, manipulación por personal capacitado, uso abusivo de resultados de la investigación, etc.
8- Respecto a la información declarada en los envases, se debería incorporar una leyenda que advierta sobre la posibilidad de que la exposición reiterada, aún a bajas dosis, puede provocar enfermedades crónicas. Seguramente esta información redundará en cambios de estrategias y hábitos en aquellos que utilizan plaguicidas. Debe estar indicada también la toxicidad del formulado.
9- Respecto de la posibilidad de suspender, restringir o prohibir la importación, elaboración, fraccionamiento, comercialización y uso de determinadas sustancias activas y/o productos formulados cuando razones científico-técnicas así lo ameriten, las medidas deben darse en todo el territorio nacional y en todos los cultivos a fin de evitar que se compren un lugar y utilicen en otro territorio o que se adquieran para un cultivo y se usen en otro.
10- Sobre la participación del Ministerio de Salud en el registro y categorización de plaguicidas. Se hace indispensable que el Ministerio de Salud participe activamente en las evaluaciones y determinaciones referidas a la admisión, categorización y autorización de los plaguicidas dada la vinculación entre el uso de plaguicidas y el deterioro en la salud.
11- Acerca del Observatorio científico tecnológico, se debería ampliar la comisión con la participación de la sociedad civil sino quedaría en las mismas condiciones de la comisión nacional de seguimiento sobre agroquímicos y la CONABIA, cerrada a organizaciones que puedan ofrecer una mirada crítica. En el mismo sentido y respecto al consejo consultivo del SENASA, no se establece de manera taxativa cómo será la participación de la sociedad civil, esto puede dar paso una discrecionalidad en las invitaciones.
Recordamos que siempre es mejor no utilizar plaguicidas, y que por lo tanto se debe apoyar la sanción de la ley nacional de agroecología, así como la aplicación de políticas específicas que posibiliten el desarrollo de las producciones agroecológicas
Saludamos a ustedes cordialmente
Ing. Agr. Ms. Sc. Javier Souza Casadinho
Coordinador regional de la Red de Acción y Plaguicidas
y sus Alternativas de América Latina, RAP-AL
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