América Latina, 8 de febrero de 2018/
La Corte Interamericana reconoció el derecho a un medio ambiente saludable como fundamental para la existencia humana. También reconocieron el impacto del cambio climático en los derechos humanos /Corte Interamericana reconhece o direito a un meio ambiente saudável como fundamental para a existência humana. Também reconheceu o impacto do cambio climático nos direitos humanos
El 14 de marzo de 2016 la República de Colombia (en adelante “Colombia” o el “Estado solicitante”), con fundamento en el artículo 64.11 de la Convención Americana y de conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 y 70.22 del Reglamento, presentó una solicitud de Opinión Consultiva sobre las obligaciones de los Estados en relación con el medio ambiente en el marco de la protección y garantía de los derechos a la vida y a la integridad personal (en adelante “la solicitud” o “la consulta”) a fin de que el Tribunal determine “de qué forma se debe interpretar el Pacto de San José cuando existe el riesgo de que la construcción y el uso de las nuevas grandes obras de infraestructura afecten de forma grave el medio ambiente marino en la Región del Gran Caribe y, en consecuencia, el hábitat humano esencial para el pleno goce y ejercicio de los derechos de los habitantes de las costas y/o islas de un Estado parte del Pacto, a la luz de las normas ambientales consagradas en tratados y en el derecho internacional consuetudinario aplicable entre los Estados respectivos”. Asimismo, el Estado solicitante busca que la Corte determine “cómo se debe interpretar el Pacto de San José en relación con otros tratados en materia ambiental que buscan proteger zonas específicas, como es el caso del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, con relación a la construcción de grandes obras de infraestructura en Estados parte de estos tratados y las respectivas obligaciones internacionales en materia de prevención, precaución, mitigación del daño y de cooperación entre los Estados que se pueden ver afectados”.
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS DERECHOS HUMANOS CONSAGRADOS EN LA CONVENCIÓN AMERICANA
Esta Opinión constituye una de las primeras oportunidades de este Tribunal para referirse, de manera extendida, sobre las obligaciones estatales que surgen de la necesidad de protección del medio ambiente bajo la Convención Americana (supra párr. 23).
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Dos prestigiosas publicaciones de prensa alemanas publicaron recientemente artículos basados en la denuncia realizada por la Red de Acción en Plaguicidas RAP-Chile respecto del uso de Paraquat en cultivos de avellano europeo, destinados a abastecer a la transnacional italiana Ferrero. El avellano europeo es un ingrediente fundamental de la Nutella, una crema de chocolate y avellana usada para untar el pan. Paraquat es un herbicida cancerígeno cuyo uso está prohibido en Europa desde 2009. Nutella se promueve como un alimento saludable. Ver archivos adjuntos.
El 3 de diciembre se conmemora el DÍA INTERNACIONAL POR EL NO USO DE PLAGUICIDAS para hacer un llamado de atención, especialmente a las autoridades, sobre los graves problemas sanitarios y ambientales que genera el uso de agrotóxicos a nivel global y nacional. Los impactos en salud humana por exposición a plaguicidas cancerígenos y alteradores del sistema endocrino son particularmente preocupantes en las mujeres y niñas, sobre lo cual alertan especialistas en salud y miembros de las sociedades de Endocrinología.
Santiago de Chile, 22 de noviembre de 2017/ RAP-Chile/ Comunicado de Prensa. Los costos ocultos de la Nutella: Paraquat y el cultivo de avellano europeo. Chocolate para los europeos y problemas reproductivos para las temporeras. Pelarco y las áreas aledañas del Maule se están convirtiendo en zonas donde impera el monocultivo de avellano europeo, cuyo destino final es la fabricación de Nutella y chocolates por la transnacional Ferraro, con sede en Italia , a través de su filial local: AgriChile. La cosecha 2017 llegó a la cifra de 20.000 toneladas (con cáscara). Lugareños han denunciado que este cultivo se hace empleando grandes cantidades del herbicida Paraquat, un plaguicida extremadamente peligroso, prohibido en la Unión Europea. Los plaguicidas altamente peligrosos lo son por criterios definidos por la OMS y FAO, entre los cuales están presentar una o más características como alta toxicidad aguda, toxicidad crónica, cáncer en seres humanos, efectos mutagénicos en seres humanos, y toxicidad a la reproducción. Los casos de cáncer han aumentado en todas las edades, en la población local, según informan habitantes de la zona. Daños en la salud y Tratados de Libre Comercio. Recientemente el gobierno de la Presidenta Bachelet ha iniciado la renegociación del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, que incluye cláusulas nuevas para asegurar estas inversiones a través de un sistema de Resolución Internacional de Controversias, que de ser aprobado dejará a la población rural en la indefensión. Ese sistema permitirá que iniciativas como esta no puedan ser objeto de medidas que cautelen la salud de la población local, -como por ejemplo, la prohibición del uso del Paraquat – ya que serían consideradas como obstáculos al comercio. Y la transnacional Syngenta o la propia Ferraro podrían demandar al Estado chileno, en cambio ni el gobierno ni los afectados pueden querellarse por daños contra las empresas transnacionales.
Ginebra, 16 de noviembre de 2017/ COMUNICADO DE PRENSA, Public Eye (anteriormente Declaración de Berna) Brasil prohíbe paraquat – Suiza apoya el cabildeo de Syngenta. Brasil se ha unido a la lista de Estados que han prohibido el uso del plaguicida denominado paraquat, debido a su alto nivel de toxicidad. Syngenta es el principal productor de paraquat. La compañía está presionando activamente para convencer a las autoridades brasileñas de que revoquen su decisión. La información confidencial muestra que el gigante con base en Basilea participa en la organización de una visita a los parlamentarios brasileños influyentes a Suiza, con el apoyo de las autoridades suizas. La delegación debería haber sido recibida hoy en Berna por el Secretario de Estado de Educación, Investigación e Innovación. La reunión fue cancelada en el último minuto debido a la presencia de Public Eye y Multiwatch, quienes protestaron contra la participación de Suiza en los esfuerzos de cabildeo de Syngenta para promover pesticidas peligrosos que están prohibidos en nuestro país.
Los plaguicidas neonicotinoides son una nueva clase de insecticidas con nuevo modo de acción. En 1972, el primer neonicotinoide desarrollado, pero nunca comercializado fue la nitiazina. En 1985 se desarrolló el neonicotinoide siguiente, imidacloprid. Desde la década del 2000 su uso mundial fue creciendo, hasta llegar a ser el insecticida de mayor uso global. Actualmente los neonicotinoides son plaguicidas altamente cuestionados debido a que estudios científicos realizados en diversas partes del mundo evidenciaron muertes y graves daños para las abejas y otros polinizadores. (*) Entre otros plaguicidas neonicotinoides están: clotianidina, imidacloprid, thiametoxam, dinotefuran, tiacloprid, acetamiprid.
Río Negro, Allen, Argentina, 2 de noviembre de 2017. El DPA detectó la causa de la mortandad de peces en un brazo del río en Allen: fueron agroquímicos. Según el informe técnico el agua y los tejidos de los peces contenían altos índices de agroquímicos. Tras cuatro meses luego de descubrir una mortandad de peces en un brazo del río Negro en la ciudad de
Marcos Paz, Buenos Aires, Argentina, 30 de octubre de 2017 / A los Miembros de la Cámara de Diputados y Senadores de la Nación Argentina. Por medio de la presente queremos manifestarnos, una vez más, en contra de la sanción de la ley sobre registro y categorización de “fitosanitarios”, plaguicidas u agrotóxicos “que fue aprobada en comisión y será discutida en el recinto en que ustedes participan. Entre otros, presentamos los siguientes motivos: 1- La necesidad de preservar la salud socio ambiental a partir de una ley efectiva que promueva una disminución real en la utilización de agrotóxicos. 2- Sobre el concepto fitosanitario; insistimos sobre que este concepto no es neutro, las formas o modos a partir de las cuales denominamos a objetos, hechos y procesos puede darse a partir de la familiaridad, cierto acercamiento, a los hábitos y prácticas, pero también subsiste el intento de ocultar la posible incidencia de esos hechos o elementos por ejemplo en la salud socio ambiental. 3- No se avanza sobre modificaciones sustanciales en las normas sobre registro y categorización de los plaguicidas. Dada la información creciente sobre el efecto crónico de los plaguicidas es inaudito y obsoleto seguir categorizando a los productos químicos principalmente por su toxicidad aguda, la DL 50 o dosis letal media de cada producto, ignorando la absoluta mayoría de los daños subletales y crónicos, salvo los dermales y oculares.
Bruselas, 25 de octubre 11 AM hora europea. Ultima hora. PAN UK.
Unión Europea, octubre de 2017/ El grupo Verdes/ALE ha encargado un